[Metal] Tabla reivindicativa del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalurgia de Valladolid y Provincia 2015
Los grandes olvidados en esta vorágine siguen siendo los millones de parados; como siempre, los más vulnerables son los que terminan pagando el pato, mañana cualquiera de nosotros, o un familiar o una amiga formará parte de esta triste lista, que es el paro. Un inmenso ejercito de mano de obra barata que sirve como excusa para precarizar aún más nuestros empleos, nuestros servicios sociales y, en definitiva, nuestras vidas.
Detrás de esos números, no solo están nuestros familiares, amigos y vecinos también están las truculentas noticias relacionadas con desahucios, suicidios y situaciones desesperadas. Por todo esto, planteamos nuestra tabla reivindicativa contando con los trabajadores en activo y también en paro, para revertir la situación en la que se encuentra sumido nuestro sector.
Partimos de la base que si no somos nosotras quienes cambiamos la situación, nadie detrás de un escaño, ni de un cargo sindical remunerado lo van a hacer. Por lo tanto, exigimos ASAMBLEAS ABIERTAS del sector para trabajadores en activo y en paro, no de delegados, de las que salga la tabla reivindicativa a defender y el calendario de movilizaciones para conseguirlas.
Si nadie trabaja por ti, que nadie decida por ti.
REIVINDICACIONES:
- Eliminación de las ETT’s de nuestro sector y en caso de que el trabajador sufriese un despido improcedente, será éste quien pueda optar entre la readmisión o la indemnización económica.
- Eliminación de los contratos en prácticas.
- Eliminación de los contratos para la formación.
- En los contratos por obra o servicio, el ingreso al trabajo será para un puesto de trabajo concreto. Éste viene determinado por las tareas o funciones que desempeñe el trabajador, la categoría profesional que le corresponda dentro de la clasificación vigente y por el centro de trabajo donde se desempeñe la actividad, de manera que cualquier modificación en alguno de los factores anteriores constituye un cambio de puesto de trabajo.
- En cuanto a la subrogación: si a la finalización del contrato de mantenimiento o servicio entre la empresa contratista y cualquier cliente, público o privado, las funciones totales o parciales de mantenimiento o servicio se continuasen por otra empresa, los trabajadores de la primera cesante por esta causa tendrán derecho a pasar a la nueva adjudicataria, la cual se subrogará en los derechos y condiciones de los mismos independientemente del centro en el que realizara el trabajador sus funciones y de la antigüedad que tuviera. Se informará a la empresa adjudicataria, exigiendo mantener las condiciones laborales de los trabajadores siempre y cuando esta empresa no las tenga mejores en tal caso se aplicarán las condiciones más beneficiosas para el trabajador. En caso de que la empresa cesante mantenga la plantilla. La elección de empresa será de libre elección para los trabajadores, pudiendo elegir en cual se quedan.
- Una vez finalizado un contrato de relevo por jubilación parcial, la empresa estará obligada a pasar a fijos a los trabajadores. En caso de que el trabajador sufriese un despido improcedente, será este quien pueda optar entre la readmisión o la indemnización económica.
- Creación de un nuevo artículo dentro del título de Garantía Laboral para el mantenimiento de los puestos de trabajo: “Bolsas de Trabajo y fomento del empleo” el cual recogería la creación de una ASAMBLEA GENERAL DEL SECTOR, que configure una comisión compuesta por sindicatos, trabajadores no adscritos a ningún sindicato y la patronal, para gestionar la recolocación de los trabajadores en paro en los puestos que se vayan creando. También estaría encargada de vigilar escrupulosamente que, en aquellas empresas que se vengan realizando horas extras de forma habitual, éstas se eliminen y se creen los puestos de trabajo convenientes. Esta comisión será revocable en el momento que la Asamblea lo crea oportuno.
- La subida salarial será de una cantidad fija por trabajador, independientemente de la categoría profesional, disminuyendo así progresivamente la diferencia salarial de los trabajadores. No admitimos continuar con la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores del sector. En caso de no cumplir la empresa con los objetivos, priorizar bajar los beneficios de directivos, gestores, propietarios así como los gastos superfluos y los beneficios a mayores del salario de puestos de trabajo no productivos intentando reestructurar la empresa para que los puestos de trabajo no productivos sean convertidos en productivos. En vez de rebajar salarios únicamente a los empleados con los salarios más bajos.
- Por antigüedad se reconocerá, de nuevo, el derecho al cobro de tres quinquenios, recuperando los derechos usurpados. Para el cobro de antigüedad será también computable el tiempo por excedencia por estudios, presentando justificante de matrícula y título.
- La manera de fijar la toxicidad, peligrosidad o penosidad de un puesto de trabajo se sacará del Anexo 1 RD39/97 del reglamento de los servicios de prevención.
- Supresión total de destajos e incentivos.
- Las horas extraordinarias estructurales pueden ser cobradas por el trabajador por la cuantía que establecen las tablas o disfrutarlas con tiempo de descanso en razón de hora y media por cada hora trabajada.
- En los casos en que los trabajos se realicen en locales que no sean habituales, la empresa ha de abonar siempre los gastos de locomoción o proporcionar los medios adecuados de desplazamiento independientemente de la distancia y el lugar de residencia del trabajador.
- En las empresas que por su actividad hubieran de efectuar sus trabajadores desplazamientos, el tiempo de desplazamiento se computará como jornada laboral iniciando y finalizando su cómputo en el centro de trabajo. Cuando el desplazamiento se realice a una distancia superior a cien kilómetros, o en distancias inferiores cuando las circunstancias metereológicas sean adversas, el trabajador tendrá la opción de volver a su domicilio o pernoctar en las condiciones establecidas en el artículo de dietas.
- Publicadas las fiestas de carácter nacional y local, dentro de los treinta días siguientes se confeccionará mediante asambleas de trabajadores y la patronal el calendario general del sector que comprenderá el horario de trabajo, la distribución anual de los días de trabajo, festivos, descansos semanales o entre jornadas y otros días inhábiles, a tenor todo ello de la jornada máxima pactada al que todas las empresas quedan obligadas a adherirse.
- La remuneración de las horas retribuidas de los representantes legales de los trabajadores en la empresa así como la de los Delegados Sindicales se reducirán al mínimo, siendo éstas para uso exclusivo en asuntos sindicales sin poder ser acumulables entre delegados. Estos derechos se aplicarán también a las Secciones Sindicales sin presencia en el comité de empresa, independientemente del número de trabajadores de la empresa.
- Se pactará un protocolo de actuación para implantar las Asambleas de Trabajadores en sus centros de trabajo.
- Los cursos de formación continua sean realizados, siempre que se pueda, dentro de la jornada laboral o, en su defecto, serán remunerados.
- Obligación por parte de la empresa a subscribir y abonar un seguro de accidentes para los trabajadores
EL 80% DE LAS REIVINDICACIONES CONTENIDAS EN ESTE DOCUMENTO NO SUPONEN UN COSTE ADICIONAL PARA LA EMPRESA
CNT-Metal Valladolid
Lunes, Miércoles y Viernes desde las 19.30h
C/ Juan Bravo 10-12 (junto Pza Circular)
983200228 / 615576791
metal@valladolid.cnt.es
texto de ASAMBLEAS MICHELÍN VALLADOLID.
A BUENAS HORAS
UNIDAD Y SOLIDARIDAD CONTRA LA EXPLOTACION DE LOS TRABAJADORES
Masiva respuesta estudiantil contra la LOMCE y la Reforma Universitaria el 27 de marzo
+ infos:
Fotos, videos:
http://www.cgteducacioncyl.org/spip.php?page=article&id_article=7983
crónica:
http://www.valladolorentodaspartes.blogspot.com.es/2014/03/cronica-de-las-manifestaciones-por-la.html