jueves, 6 de octubre de 2022

Octavilla sobre la película MODELO 77


 La película “Modelo 77” narra la situación de las cárceles en los últimos años de la dictadura franquista y primeros de La Transición, así como la intensa lucha de los presos sociales (“presos comunes” según los medios) a través de la Copel, no solamente por la legitima inclusión en la ley de amnistía, sino también en otras reivindicaciones de gran calado político, como la desaparición de la ley de peligrosidad social (se abolió en 1995), la depuración de jueces, funcionarios de prisiones y policías franquistas y torturadores o la reforma profunda del Código Penal con participación popular. Con la aplicación de las sucesivas tres leyes de amnistía política y un indulto (que solo supuso la liberación de unos mil presos sociales) en 1976 en las cárceles quedaron unos 8.500 presos varones y unas 300 mujeres presas. Lejos de lo que se pudiera esperar durante el transcurso de la democracia, con el progresivo endurecimiento del Código Penal en entornos de graves crisis económicas y del aumento del paro y de la precariedad de la inmigración, la población penitenciaria empezó a crecer de forma exponencial, llegando a alcanzar su máxima cifra en el año 2009, con 70.003 presos y 6.076 presas. Esto comportó la progresiva construcción de nuevas cárceles, llegando España a ocupar los primeros puestos en Europa de cárceles modulares (unas 90) alejadas de las ciudades, con las repercusiones que esto tiene para los familiares de las personas presas, quienes en muchas ocasiones se encuentran con dificultades para poder visitar a sus seres queridos. Aunque en el imaginario colectivo español persiste la creencia de que los delincuentes «entran por una puerta y salen por la de atrás», y que en España la Justicia es demasiado benevolente con los criminales, la realidad es muy distinta. En la actualidad el Estado español se encuentra a la cabeza en número de población reclusa de Europa Occidental: en diciembre de 2021 había en España 55.097 personas presas (51.172 varones y 3.925 mujeres)) con una tasa de 118 personas presas por cada 100.000 habitantes, doblando la media europea y situándose por delante de Alemania, Francia, Italia, Portugal, Grecia, etc. Podríamos pensar que esto se explica por ser un país con una alto índice de delincuencia, sin embargo España es uno de los países de Europa más seguros con una de las tasas de criminalidad más baja, llegando a alcanzar en 2021 la más baja de nuestra historia reciente: 41,4 delitos por cada mil habitantes. ¿Entonces? Las explicaciones debemos buscarlas nuevamente en nuestro Código Penal, el cual establece una duración para las penas de prisión que doblan la media europea. Sin embargo, las estadísticas reflejan que dos de cada tres personas que pasan por nuestro sistema penitenciario vuelven a delinquir al salir de prisión y que el 80% de las personas que entran en prisión con 20 años de edad, lo volverá a hacer cuatro veces más. Estas cifras, evidencian la ineficacia de la cárcel desde un punto de vista rehabilitador y de prevención del delito, puesto que la cárcel no resocializa, sino lo contrario, ni tampoco disuade a la población o a los autores de delitos para no reincidir. Cada preso/a nos cuesta unos 2.000 euros al mes, un 45% más que la media de la Unión Europea, suponiendo el mantenimiento de las instituciones penitenciarias solo en 2020 un gasto para el Estado de 1.501 millones de euros. Además de todo ello, tal y como ponen de relieve los organismos internacionales de defensa de los derechos humanos como el CPT del Consejo de Europa o el CAT de las Naciones Unidas, en las cárceles españolas se siguen vulnerando los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad. La cárcel no es solo privación de libertad. En el interior de las prisiones se priva de otros derechos y lo que es peor, se violan sistemáticamente el derecho a la vida, a la integridad física, al trato digno, a la intimidad, a la salud… justificándose estas violaciones en aras de garantizar la gobernabilidad de las instituciones correccionales y de educar mediante el castigo, la obediencia, la prohibición y demás valores contrarios a los llamados valores democráticos. Y surgen varias preguntas: ¿A dónde nos lleva esta política punitivista? ¿El sistema penitenciario es en la práctica útil como tratamiento de reinserción social o meramente sirve como castigo a quien se considera culpable de un conflicto social? ¿Cuáles son las principales carencias de las personas que delinquen? ¿Que ocurriría si invirtiéramos el presupuesto penitenciario en educación, vivienda, seguridad laboral, etc.? Por estas y muchas otras razones, la abolición de la privación de libertad supondría uno de los primeros pasos imprescindibles para democratizar la sociedad y respetar todos los derechos de todas las personas, pero sobre todo para comenzar a afrontar una reflexión interesadamente omitida sobre qué es la seguridad ciudadana, sobre qué entendemos por prevención y lucha contra el delito, y sobre cuáles han de ser las respuestas que la sociedad ha de articular para combatirlo. ¿Entonces? Las explicaciones debemos buscarlas nuevamente en nuestro Código Penal, el cual establece una duración para las penas de prisión que doblan la media europea. Sin embargo, las estadísticas reflejan que dos de cada tres personas que pasan por nuestro sistema penitenciario vuelven a delinquir al salir de prisión y que el 80% de las personas que entran en prisión con 20 años de edad, lo volverá a hacer cuatro veces más. Estas cifras, evidencian la ineficacia de la cárcel desde un punto de vista rehabilitador y de prevención del delito, puesto que la cárcel no resocializa, sino lo contrario, ni tampoco disuade a la población o a los autores de delitos para no reincidir. Cada preso/a nos cuesta unos 2.000 euros al mes, un 45% más que la media de la Unión Europea, suponiendo el mantenimiento de las instituciones penitenciarias solo en 2020 un gasto para el Estado de 1.501 millones de euros. Además de todo ello, tal y como ponen de relieve los organismos internacionales de defensa de los derechos humanos como el CPT del Consejo de Europa o el CAT de las Naciones Unidas, en las cárceles españolas se siguen vulnerando los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad. La cárcel no es solo privación de libertad. En el interior de las prisiones se priva de otros derechos y lo que es peor, se violan sistemáticamente el derecho a la vida, a la integridad física, al trato digno, a la intimidad, a la salud… justificándose estas violaciones en aras de garantizar la gobernabilidad de las instituciones correccionales y de educar mediante el castigo, la obediencia, la prohibición y demás valores contrarios a los llamados valores democráticos. Y surgen varias preguntas: ¿A dónde nos lleva esta política punitivista? ¿El sistema penitenciario es en la práctica útil como tratamiento de reinserción social o meramente sirve como castigo a quien se considera culpable de un conflicto social? ¿Cuáles son las principales carencias de las personas que delinquen? ¿Que ocurriría si invirtiéramos el presupuesto penitenciario en educación, vivienda, seguridad laboral, etc.? Por estas y muchas otras razones, la abolición de la privación de libertad supondría uno de los primeros pasos imprescindibles para democratizar la sociedad y respetar todos los derechos de todas las personas, pero sobre todo para comenzar a afrontar una reflexión interesadamente omitida sobre qué es la seguridad ciudadana, sobre qué entendemos por prevención y lucha contra el delito, y sobre cuáles han de ser las respuestas que la sociedad ha de articular para combatirlo.



Más información:

http://tokata.info/pros-y-contras-de-modelo-77-por-otro-participante-mas-en-la-copel/

http://tokata.info/wp-content/uploads/2022/09/Modelo-77.v4-octavillas.pdf

https://tokata.info/daniel-pont-nota-aclaratoria-sobre-la-pelicula-modelo77/