por solidaridadporlxspresxs
Viernes
1 de Junio del 2012 a las 11:00Hrs comienza a leer el veredicto
respecto a los 6 acusados en el Caso Bombas. En una sala atestada de
periodistas, altos cargos de la fiscalia pero también repleta de
compañer@s, familiares y amigos (alrededor de 80 aprox) se realizo la
lectura del veredicto en un tenso y expectante ambiente
Tras
mas de 6 meses en el juicio mas largo de la historia inquisitoria
chilena, el tribunal comenzó a relatar los hechos acreditados, quedando
finalmente:
1. Atentado a la ANI (Agencia Nacional de Inteligencia). 18 de Enero 2006:
Quedo acreditado que se coloco un artefacto explosivo en la ANI, pero
que un barrendero lo traslado a una cuadra del sector donde finalmente
se produjo la detención. Los daños producidos en el lugar de la
explosión ( a una cuadra) no podrían ser considerados porque en la
acusación presentada por la fiscalia solo señala la ANI y no otros
locales.
2. Atentado al CDE (Consejo de Defensa del Estado) 21 de Diciembre 2006:
Quedo acreditado que se instalo un artefacto con apariencia explosiva,
el cual no detono y fue desmantelado. Pero nunca se comprobó si lo que
aparentaba ser pólvora negra, era pólvora finalmente. El tribunal
decidió que se carece e tipo penal para señalar este hecho ya que no se
incorporo ningún perito que dijera que aquel contenido era polvora
negra.
3. Atentado a Automotora Atal (27 de Marzo 2007): Quedo acreditado que detono un artefacto explosivo provocando daños.
4. Atentado a Chilectra La cisterna (6 de Octubre 2007):
Quedo acreditado que detono un artefacto explosivo de TNT, provocando
daños tanto en este inmueble como en otros. Finalmente solo se
consideraran los daños de Chilectra y no los otros locales ya que no
fueron considerados en la acusación.
5. Escuela de Gendarmeria (22 mayo 2009): Quedo acreditado que el 22 de Mayo del 2009, Mauricio Morales
se trasladaba en bicicleta, decenio de esta misma para manipular un
artefacto explosivo que detono provocándole la muerte y daños en dos
locales del sector.
6. Iglesia los Sacramentinos (21 de Noviembre 2009): Quedo acreditado que se instalo y detono un artefacto incendiario en la puerta de dicha Iglesia
7. Conductas de financiamiento para la asociación ilícita terrorista:
Se hizo imposible acreditar el hecho del financiamiento ya que existe
una incoherencia entre la acusación y el sobreseimiento ( Es imposible
financiar una Asociación ilícita terrorista que no existe), por otro
lado quedo demostrado la “ilicitud” de la utilización de un informante
inexistente por parte de la PDI que supuestamente habría filtrado los
emails donde se solicita dinero. El hecho de “financiamiento” no existe.
Recalificaciones
El
Atentado a la ANI, quedo calificado como lesiones leves contra el
barrendero; el Atentado de Chilectra, Automotora Atal y “Escuela de
gendarmería” son constitutivos de “Daños”, este ultimo hecho contra el
local donde Mauricio descendió a manipular el artefacto. La Iglesia los
Sacramentinos quedo tipificado por el delito de Incendio. Se desecho la
aplicación de la ley antiterrorista para todos los hechos, ya que no
gestarían el terror en la población.
PARTICIPACION
El delirante colaborador, Gustavo Fuentes Aliaga:Su
declaración fue extrajudicial y no fue tomada en presencia de un
abogado defensor. Además en la audiencia del día 12 de enero de 2012, el
capitán de Carabineros, Eduardo Witt Sánchez reconoció que parte de la
declaración fue dictada por el fiscal Francisco Jacir Manterola. Al no
haber hecho la declaración frente a un defensor se desestima la prueba.
El veredicto señala: “frente a todas estas argumentaciones, no queda
sino restarle mérito de convicción al testimonio extrajudicial vertido
por Gustavo Fuentes”. Absuelto, pero continua en prision cumpliendo condena por apuñalar a su ex pareja.
Francisco Solar Domínguez: Acusado según la declaración del delirante.El
veredicto dice que “la innumerable documentación introducida no permite
vincular a este acusado con los episodios que se le imputan, por
cuanto, conforme se demostró a partir de la prueba presentada por la
defensa, el acusado trabajaba en materias que se relacionaban con dicha
evidencia”. Ademas de desacreditar las trazas y la existencia de un
“manometro”. Absuelto
Mónica Caballero Sepúlveda:Existe
una incongruencia entre la acusación donde señala que la documentacion
estaría relacionada con el “plan criminal de la asociación”, ya
sobreseída la asociación carece de coherencia. ”No resultó probado que
el hallazgo de los antecedentes lo haya sido en la habitación donde
supuestamente pernoctaba la acusada (…) Tampoco resultó probado que la
habitación haya sido ocupada exclusivamente por ella, no obstante el
hallazgo de cierta documentación propia, máxime si respecto del cuaderno
austral que aparece manuscrito su nombre”, dice el veredicto. Este
también señala que el bidón con combustible encontrado en su casa y la
tenencia de dos telas calificadas como “antirreligiosas” tampoco son
pruebas concluyentes. Además de señalar que las cadenas de custodia no
podían justificar de que lugar fueron levantadas las evidencias. Absuelta
Felipe Guerra Guajardo:El
veredicto señala que “la participación atribuida a éste no recibió
prueba de ninguna especie digna de ser valorada, ya que tratándose sólo
de especulaciones investigativas, colisionan inexorablemente con el
valor de la prueba de descargo y destruye absolutamente la afirmación de
los acusadores acerca de la presencia de éste en la oportunidad en que
falleció Mauricio Morales Duarte”. Absuelto
Omar Hermosilla Marín y Carlos Riveros Luttgue:
“La prueba rendida sobre estos hechos de cargo es notoriamente exigua e
impertinente(…) la prueba es insuficiente a fin de acreditar
imputación”. Absuelto
Finalmente
resultaron tod@s l@s acusad@s : ABSUELTOS y los delitos, por su parte,
tipificados como Daños e Incendio. Finalmente señalo que las casas
okupas realizan actividades culturales , políticas y bibliotecas
quedando insuficiente la prueba para acreditar que serian “fachadas” del
terrorismo
Lee el veredicto en este link
Una
vez finalizada la lectura del veredicto, los presentes en la sala se
abrazaron, aplaudieron e insultaron tanto a la prensa, al insecto
colaborador y a la tropa de fiscales y querellantes que tuvieron que
salir por las puertas traseras, tras recibir insultos e incluso una
almohada.
Gritos
contra hinzpeter, la ley antiterrorista y el ex fiscalito Peña
retumbaban en la sala judicial, para finalmente a las afueras realizar
el mitting desplegando un lienzo y repartir propaganda por el fin del
caso bombas.
Omar Hermosilla señalo: “Espero
que el fallo sea acatado y los aparatos de inteligencia nos dejen
tranquilos, aquí no hay nada malo, aquí lo malo es la mente enferma de
algunos personajes como Alejandro Peña”. “Esto fue un montaje, hoy día
quedó claro. Lo dijo los magistrados y no hay prueba con respecto a
ninguna de las acusaciones que hizo la Fiscalía. Estoy tranquilo, el mal
rato ha pasado, los meses privados de libertad, haber sido torturado en
esa instancia”. Por su parte el Felipe Guerra señalo escuetamente: “La Fiscalía es la terrorista, la que ha sembrado el temor haciendo allanamientos y detenciones”.
El presidente de la Asociación de Fiscales, PedroOrthusteguy
trato de cortar el hilo por lo mas fino, a fin de que no se critique la
estructura completa del ente persecutor, el sistema judicial, la ley
antiterrorista y la inquisición que se han transformado los juicios
politicos, se remitió a señalar que este caso particular es la causa
que: “más desprestigio ha traído al Ministerio Público” indicando como
único responsable al Fiscal Peña: “él tomó las decisiones, que hoy
estamos viendo en este lamentable fallo”,
“Nosotros
como Asociación de Fiscales no vamos a satanizar al fiscal Peña, pero
evidentemente tiene que dar un paso al costado por dignidad profesional,
él tiene que dejar el cargo donde se encuentra y si no lo hace
voluntariamente el Presidente tendrá que tomar la decisión de que él
abandone el cargo donde se encuentra. Esa es nuestra opinión”.
Pocos
minutos de conocida la sentencia absolutoria, el ministro del Interior,
Rodrigo Hinzpeter, habló desde La Moneda y dijo que “el
fallo no pone fin ni debilitará el esfuerzo por procurar que los
tribunales esclarezcan quienes son los responsables de las bombas que
fueron colocadas en el país”.
El jueves 2 de Agosto del 2012 se entregara y leerá la sentencia a las 12:00Hrs
en el centro de (in) justicia, donde se expondrá en detalle la
resolución completa pronosticándose que será de una impresionante
cantidad de hojas. Luego la fiscalia tendrá hasta el 12 de Agosto para
apelar la deicison a la Corte de apelaciones o suprema
Ante
el fin del juicio del “caso bombas” y aun cuando la fiscalía aun pueda
apelar, saludamos todos los gestos de cariño y solidaridad combativa con
que se ha difundido la situación y acompañado a l@s procesads. No
olvidamos la memoria de Miriam Tamayo,
madre de uno de los imputados sobreseído, fallecida el 8 de Noviembre
del 2011 producto de un cáncer en largos meses de angustia
Tampoco olvidamos a la compañera Gabriela Curilem,
prófuga del “caso bombas” acusado del absurdo financiamiento del
terrorismo. Vaya para ella un fuerte saludo y fuerza en su invisible
caminar.
Esta
sentencia marca un precedente a favor de tod@s l@s compañer@s
formalizados y encarcelados por la nefasta ley antiterrorista. Aca no se
trata de creer o no en “la justicia”, sino de entender que en los
ataques realizados por la fiscalía no han conseguido condenas ni invocar
en una sentencia la terrorífica ley antiterrorista. Que las fantasías
de los poderosos no consiguieron las sentencias esperadas, a pesar de
todas las repercusiones que genero la represion, no logro por completo
su cometido.
“FIN A LA LEY ANTITERRORISTA Y TODOS SUS PROCESOS”
Aca las tristes y lastimosas explicaciones del fiscal que ha llevado el caso durante 6 meses:
(La Red) Victor Nuñez, FiscalMetropolitano Sur: “Hay que analizar el fallo”
Caso bombas: justiciadesestima delitos terroristas de seis imputados
Video. Chilevision. Tribunal Oral abuselve a imputados del caso bombas
http://www.chilevision.cl/home/content/view/424776/81/